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Se había cambiado de sexo y había conseguido
el reconocimiento legal como mujer. Su pareja falleció 18
días antes de que el Juzgado autorizara el cambio de nombre.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
(TSJC) ha reconocido el derecho de una transexual a percibir de la
Seguridad Social una pensión de viudedad por su relación
de hecho con un hombre que falleció antes de que el Registro
Civil reconociera a su pareja la condición de mujer. La resolución
de la Sala es inédita en el panorama de la doctrina jurídica
española.
El fallo estima el recurso de esta parte contra la sentencia del
Juzgado de lo Social número 4 de Las Palmas de Gran Canaria
que el 27 de octubre de 2000 desestimó la demanda promovida
por la afectada contra la resolución de la Dirección
Provincial del INSS que el 26 de febrero de 1999 le denegó la
petición de subsidio por fallecimiento del cónyuge.
La Sala ha estimado el recurso en atención a las extraordinarias
circunstancias del caso; aprecia que, si bien la pareja no estaba
casada cuando sobrevino el fallecimiento del varón, se había
esforzado para ello y no pudo llegar a consumar su reconocimiento
legal por causas ajenas a la voluntad de ambos.
Según recapitula el fallo, la demandante nación varón
y fue inscrita en el Registro Civil como tal, pero en mayo de 1997
se sometió con éxito a una operación de cambio
de sexo. Ante tal circunstancia, y aún en vida de su pareja,
la transexual instó ante la jurisdicción civil su reconocimiento
legal como mujer, y el 10 de septiembre de 1998 el Juzgado estimó su
demanda la declaró mujer a todos los efectos legales. |
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